El Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA) será
Eliminado, Sustituido o esta en Prorroga? por (PECE)
Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el
“Acuerdo que modifica las Reglas de carácter general para la recepción de
información de declaraciones fiscales y la recaudación de recursos federales
por parte de las instituciones de crédito, el cual prorroga hasta el 17
de septiembre de 2018, la entrada en vigor del nuevo esquema de “Pago Electrónico
Comercio Exterior (PECE).
Originalmente, dicha obligación sería exigible a
partir de 15 de junio del presente año, sin embargo, se pospuso su entrada en
vigor, pues aún no concluye el proceso de implementación, puesta en marcha de
los sistemas y comunicación con los usuarios.
En tanto no entre en vigor el PECE, continuará
vigente el esquema anterior, denominado “Pago Electrónico Centralizado
Aduanero” o “PECA”.
Es importante que las empresas dedicadas a las
operaciones de comercio exterior aprovechen el plazo otorgado para familiarizarse
con los trámites del nuevo esquema, a fin de cumplir con la infraestructura
tecnológica y requerimientos administrativos que les permitan operar sus
operaciones de comercio exterior una vez que entre en vigor el PECE.
NOTA: La siguiente información no es actual, quedamos en espera de novedades en el diario oficial.
El pago de la contribuciones puede realizarse mediante el servicio de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA), con la posibilidad de que la cuenta bancaria del importador-exportador sea afectada directamente por el banco.
En consecuencia, las contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios que deberán ser abonados por importadores y exportadores mediante cheque personal de la misma institución de crédito ante la cual se efectúa el pago de la cuenta del importador, del exportador, del agente aduanal, podrán ser pagadas en los módulos bancarios o sucursales bancaria habilitadas o autorizadas o mediante el servicio de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA).
De esta manera, se cumplirá en los términos y lineamientos establecidos por el SAT.
Lo importante de esto es que, los importadores y exportador tendrán mayor transparencia, eficiencia y seguridad; y además ofrece una ventaja para el manejo de los recursos agilizando el proceso de pago que puede realizarse de manera directa eliminando las terribles diferencias entre lo pagado y lo impreso en el pedimento.
PECA deberá ser solicitado ante la Institución Bancaria autorizada para el cobro de contribuciones al comercio exterior; para conocer los requisitos de contratación y al funcionario bancario responsable le dejamos los links debajo:
Las contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios se pagarán por los
importadores y exportadores mediante cheque personal de la misma institución de
crédito ante la cual se efectúa el pago de la cuenta del importador, del
exportador, del agente aduanal o, en su caso, de la sociedad creada por los
agentes aduanales para facilitar la prestación de sus servicios, en los módulos
bancarios o sucursales bancaria habilitadas o autorizadas o mediante el
servicio de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA), en los
términos y lineamientos establecidos en el instructivo de operación que emita
para tal efecto el SAT, mismo que podrá consultarse en esta página electrónica.
Esta información es importante para los importadores y exportadores para fines de transparencia, eficiencia y seguridad; al mismo tiempo representa una ventaja para el manejo de los recursos agilizando el proceso de pago que puede realizarse de manera directa eliminando diferencias entre lo pagado y lo impreso en el Pedimento, así como en los Formularios Múltiples de Pago para Comercio Exterior pagados a través de este medio.
Fundamento legal: Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, Título 1, Disposiciones Generales y Actos Previos al Despacho, Capítulo 1.6. Determinación, Pago, Diferimiento y Compensación de Contribuciones y Garantías; Regla 1.6.2.; Anexos 1 y 22 de las citadas reglas; Publicadas en el DOF el 29 de Julio de 2011.
Esta información es importante para los importadores y exportadores para fines de transparencia, eficiencia y seguridad; al mismo tiempo representa una ventaja para el manejo de los recursos agilizando el proceso de pago que puede realizarse de manera directa eliminando diferencias entre lo pagado y lo impreso en el Pedimento, así como en los Formularios Múltiples de Pago para Comercio Exterior pagados a través de este medio.
Fundamento legal: Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, Título 1, Disposiciones Generales y Actos Previos al Despacho, Capítulo 1.6. Determinación, Pago, Diferimiento y Compensación de Contribuciones y Garantías; Regla 1.6.2.; Anexos 1 y 22 de las citadas reglas; Publicadas en el DOF el 29 de Julio de 2011.
El pago de las contribuciones establecidas en los Pedimentos y Formularios Múltiple de Pago para Comercio Exterior puede realizarse mediante el servicio de PECA, con la posibilidad de que la cuenta bancaria del importador y exportador sea afectada directamente por el Banco.
El PECA deberá ser solicitado a la Institución Bancaria autorizada para el cobro de contribuciones al comercio exterior; para conocer los requisitos de contratación y al funcionario bancario responsable, dé clic en el banco de su preferencia.
¡Gracias por la información!
ResponderEliminarMuy interesante el artículo =)
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