20.3.13

Preguntas frecuentes, Contribuciones y Aprovechamientos



¿Qué son las cuotas compensatorias?
Es un medio para contrarrestar los efectos de una práctica desleal de comercio internacional y se calcula a partir de la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación.

Pueden ser provisionales, que son las impuestas en una resolución preliminar, o definitivas se aplican en una resolución final.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la responsable del cobro de las cuotas compensatorias y para el caso de una cuota provisional, aceptará las garantías constituidas sobre su pago, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación.

¿Dónde puedo consultar qué mercancías se encuentran sujetas al pago de cuotas compensatorias?
En el Acuerdo que identifica las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación en las cuales se clasifican las mercancías sujetas a cuotas compensatorias.
Puede consultar este acuerdo en la página de la Secretaría de Economía:

¿Cuáles son los aranceles aplicables a la importación de mercancías y dónde puedo consultarlos?
Los aranceles aplicables a la importación pueden ser:
ARANCEL AD VALOREM. Cuando se expresen en términos porcentuales del valor en la aduana de la mercancía
ARANCEL ESPECÍFICO: Cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida
ARANCEL MIXTO: Cuando se trate de la combinación de los dos anteriores
Los aranceles podrán consultarse en el artículo 1º de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en donde se encuentran identificados de conformidad con la fracción arancelaria en la que se clasifica la mercancía.
Puede consultar este ordenamiento en la página Web de la Secretaría de Economía en el sitio del Sistema de Información Arancelaria (SIAVI 2) de la Secretaria de Economía, el cual se encuentra en la siguiente dirección electrónica:

¿Qué se tiene que pagar a la aduana cuando se importan mercancías?
Las contribuciones y aprovechamientos a pagar atienden al tipo de mercancía, el régimen aduanero al que se destinen e incluso el origen de la mercancía, pudiendo ser:
  • Impuesto General de Importación
  • Impuesto al Valor Agregado
  • Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
  • Impuesto sobre Automóviles Nuevos
  • Cuotas compensatorias
  • Derecho de Trámite Aduanero

¿Qué es el Derecho de Trámite Aduanero?
Son las contribuciones a pagar por las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente.

¿Qué es un TLC?
Es un tratado internacional en materia de comercio exterior (Tratado de Libre Comercio), que puede ser bilateral o multilateral según el número de estados que en su celebración intervengan, por virtud del cual se crea una zona de libre comercio en la que las partes suscriptoras reducirán o eliminarán las tarifas y /o restricciones y regulaciones arancelarias y no arancelarias.

¿Cuáles son los tratados o acuerdos comerciales que ha suscrito México?
México ha negociado hasta la fecha 13 Tratados de Libre Comercio, los cuales son:
•  Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1993.
•  Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela (TLC G3), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995.
•  Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1995.
•  Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Bolivia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 1995.
•  Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1998.
•  Tratado de Libre Comercio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 1999.
•  Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Unión Europea , publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2000.
•  Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2000.
•  Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y Guatemala, El Salvador y Honduras (Triángulo del Norte), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2001.
•  Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2001.
•  La Asociación Latinoamericana de Integración, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 1981.
•  Acuerdo de Complementación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental de Uruguay, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero del 2001.
•  Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de Marzo de 2005.

Con estos países se tienen negociadas tasas arancelarias preferenciales (desgravadas con relación a trato de Nación más Favorecida), lo cual debe ser considerado por todo importador que desee pagar un arancel menor.
Usted podrá visualizar los textos completos de los referidos Tratados de Libre Comercio en la página Web de la Secretaría de Economía en la siguiente dirección electrónica:
Aduanas.gob.mx

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