El objetivo del seguro es cubrir el riesgo que
pueda acaecer sobre cualquier elemento que sea transportable. Dicho riesgo
puede repercutir sobre los bienes, el medio de transporte o, en el caso de la
cobertura por responsabilidad civil, sobre el patrimonio del asegurado con el
que tendría que hacer frente a eventuales indemnizaciones.
OBJETO DEL SEGURO
La finalidad del seguro consiste en amparar los
bienes transportados contra los riesgos que puedan afectarles durante su
desplazamiento de un lugar a otro y en el transcurso de períodos en que los
bienes deben permanecer en reposo debido a las circunstancias del viaje
(carga/descarga, estancias...). Además, cubre los daños producidos al medio de
transporte y a terceros.
TIPOS DE PÓLIZAS EN TRANSPORTES
En los seguros de transporte existen distintas
maneras de configurar una póliza según las necesidades y características de
cada caso. Así, las más comunes son:
Pólizas aisladas - Se utilizan para cubrir un solo
viaje. Su duración es por el periodo que dure el viaje y, en el caso de
mercancías, como máximo 6 meses desde la fecha de emisión.
Pólizas abiertas - Se utilizan para una operación
o un conjunto de ellas relacionadas que implique un número considerable de
viajes. Su duración es por el periodo de la operación.
Pólizas flotantes - Tiene una duración indefinida y
se mantiene vigente mientras no se oponga ninguna de las partes. Sirven para
cubrir todas las operaciones de un asegurado en unas ciertas condiciones,
límites y ámbitos convenidos. El asegurado da comunicación de cada viaje
mediante un Boletín y la prima se regula periódicamente mediante suplementos en
función del número de viajes efectuados y el valor asegurado en cada uno de
ellos.
Pólizas sobre volúmenes - Estas pólizas
se basan en la facturación o el volumen que se pretende asegurar sin necesidad
de comunicar cada desplazamiento. En función de este parámetro se calcula una
prima anual, siendo regularizable después de cada periodo, según el volumen
realmente transportado.
FACTORES QUE INFLUYEN EN LA SUSCRIPCIÓN DEL SEGURO
DE MERCANCÍAS
DE MERCANCÍAS
Términos de compra-venta - En el
transcurso del transporte, llega un momento en el que la mercancía cambia de
propietario en un contrato de compra-venta. Es preciso conocer de antemano
quién es el propietario de la mercancía en cada momento, para que sea el
responsable de la ejecución de una serie de acciones, debiendo asumir el coste
de las mismas. Existen Convenios sobre las responsabilidades que recaen sobre
el comprador y vendedor en cada momento según el tipo de transporte y el ámbito
de aplicación.
Los bienes asegurados - Es especialmente importante conocer la naturaleza de los mismos, ya que las mercancías inflamables, perecederas, etc, requieren pacto expreso.
El tipo y calidad del medio de transporte utilizado
El ámbito geográfico en el que se desarrolla el transporte - Situación geográfica, climatología, distancia...
Los contratos de transporte - Dependiendo del ámbito en el que se desarrolle el trasporte, el contrato adquiere diferentes obligaciones y derechos entre el transportista y el cargador.
Valor de las mercancías - El seguro puede amparar únicamente el valor material de las mercancías o incluir también el aumento de coste que se va produciendo por fletes, portes... hasta su destino.
Los bienes asegurados - Es especialmente importante conocer la naturaleza de los mismos, ya que las mercancías inflamables, perecederas, etc, requieren pacto expreso.
El tipo y calidad del medio de transporte utilizado
El ámbito geográfico en el que se desarrolla el transporte - Situación geográfica, climatología, distancia...
Los contratos de transporte - Dependiendo del ámbito en el que se desarrolle el trasporte, el contrato adquiere diferentes obligaciones y derechos entre el transportista y el cargador.
Valor de las mercancías - El seguro puede amparar únicamente el valor material de las mercancías o incluir también el aumento de coste que se va produciendo por fletes, portes... hasta su destino.
SEGURO DE TRANSPORTE TERRESTRE
Mediante esta modalidad queda comprendido el aseguramiento
de las mercancías transportadas mediante locomoción terrestre así como los
medios utilizados para el transporte, como son los vagones de ferrocarril, en
su caso.
SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA TERRESTRE
Se aseguran las mercancías transportadas por los
medios propios de la locomoción terrestre.
El asegurador se obliga a indemnizar los daños
materiales que puedan sufrir las mercancías transportadas o el medio utilizado
como consecuencia de su transporte, quedando excluidos los daños debidos a la
propia naturaleza de los bienes asegurados (como las mermas en calidad sufridas
por productos perecederos)
Así, las garantías se resumen en:
- Incendio, rayo o explosión, excepto combustión espontánea
- Accidentes del medio de transporte por caída del vehículo, vuelco, colisión, lluvias tempestuosas, desprendimiento de tierras...
- Pérdida total de la embarcación, contribución a la avería gruesa (daño intencionado para preservar de un mal mayor), abordaje, etc. durante el tránsito a bordo de embarcaciones a su paso por canales o estrechos.
- Accidentes de vuelo al aterrizar o despegar cuando sea un viaje complementario al transporte terrestre.
- Robo realizado en cuadrilla y a mano armada.
- De manera opcional, se pueden asegurar una cobertura ampliada, que supone la inclusión de:
- Daños producidos por mojadura, moho, vaho, roturas, derrame, carga y/o descarga, contacto con otros cargamentos, u otra causa similar.
- Robo parcial del contenido
- Extravío o falta de entrega de bultos enteros.
Consultar Condiciones Generales y Particulares
www.ugt.es
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